Edicto 4804/2012, de procedencia AYUNTAMIENTO (Cártama), publicado en el
Boletín nº 75 (Suplemento 1) del 19 de abril de 2012:
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Cártama
Anuncio
Mediante Resolución del Sr. Teniente de Alcalde, Delegado de
Régimen Interior del Excmo. Ayuntamiento de Cártama, Decreto
número 36/2012 OCR, de 23 de marzo de 2012, se ha aprobado la
convocatoria y las siguientes bases:
“EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁRTAMA
Bases para la provisión de diversas plazas de personal laboral fijo
vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Cártama,
en el marco del proceso de consolidación de empleo correspondiente
a la oferta de empleo público 2004, 2005 y 2010.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 7/2007, de
12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los preceptos
vigentes de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/86, de
18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
Disposiciones
Legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto
896/91, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria, junto con
los anexos que se acompañan, y supletoriamente, el Real Decreto
364/95, de 10 de marzo. Asimismo, este proceso se lleva a cabo de
acuerdo con la disposición transitoria 4.ª de la Ley 7/2007, de 12 de
abril, citada, que posibilita la realización de convocatorias de
procesos
selectivos para la consolidación de empleo.
I. Objeto de la convocatoria
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por sistema
de concurso con garantía, en todo caso, de los principios de igualdad,
mérito, capacidad y publicidad, en el marco del Proceso de Consolidación
de Empleo, de varias plazas de personal laboral fijo, existentes en
la plantilla de personal de este Ayuntamiento de Cártama, con las
retribuciones
establecidas en la normativa legal vigente y correspondientes
a la Oferta Pública de Empleo de 2004, 2005 y 2010, que se indican a
continuación:
NÚMERO DE
DENOMINACIÓN DEL PUESTO SUBGRUPO PLAZAS SUBGRUPO
DELINEANTE
C/C1 1 C1
OFICIAL ELECTRICISTA
D/C2 2 C2
ENCARGADO OBRAS
D/C2 1 C2
OFICIAL MANTENIMIENTO
D/C2 2 C2
PEÓN E/AGRUPACIONES
PROFESIONALES
LEY 7/2007 2 E
OFICIAL FONTANERO
D/C2 1 C2
ALBAÑIL CEMENTERIO
D/C2 1 C2
AUXILIARES ADMINISTRATIVOS
D/C2 2 C2
CONDUCTOR
D/C2 1 C2
Motivación: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.7
de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público, “Los sistemas selectivos de personal laboral fijo serán los de
oposición, concurso-oposición, con las características establecidas en
el apartado anterior, o concurso de valoración de méritos”.
En este sentido y en lo relativo a las plazas incluidas en el anexo I
de estas bases, se opta por el sistema de concurso de valoración de
méritos, considerando:
a) La operatividad de los puestos de trabajo en que se encuadran
las plazas ofertadas, exigen su desempeño por personal que
acredite una formación y experiencia ya adquirida, al objeto de
contribuir a la agilización del funcionamiento de los servicios
municipales, así como al objeto de evitar paralizaciones indebidas
en el desarrollo de la normal actividad de las mismas, lo
que afectaría globalmente al funcionamiento de este
Ayuntamiento.
b) Contribuir, en la medida de lo posible, a la consolidación del
empleo temporal o interino, por un empleo estable, todo ello al
amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria 4.ª de la
Ley 7/2007, de 12 de abril, citada, que posibilita la realización
de convocatorias de procesos selectivos para la sustitución de
empleo interino o consolidación de empleo temporal.
En efecto, en la Oferta de Empleo Público para los años 2004,
2005 y 2010 se han incluido plazas ocupadas por personal laboral
temporal de este Ayuntamiento de Cártama, que van a ser objeto de un
proceso de consolidación de empleo temporal, conforme a lo dispuesto
en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público, a cuyo tenor “Consolidación de empleo temporal. 1. Las
Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación
de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes
a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotados
presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o
temporalmente
con anterioridad a 1 de enero de 2005. 2.
Los procesos selectivos
garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito,
capacidad y publicidad. 3. El contenido de las pruebas guardará
relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los
puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso podrá
valorarse, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las
Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo
objeto de la convocatoria”.
II. Requisitos de los/as aspirantes
Para tomar parte en el proceso selectivo los/as aspirantes habrán
de reunir antes de que termine el plazo de presentación de instancias,
los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el
Art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público, cuanto al acceso público de nacionales de
otros Estados.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad
de jubilación.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario o
despido del mismo carácter, del servicio al Estado, a las comunidades
autónomas o a las entidades locales, ni hallarse inhabilitado
de forma absoluta para el ejercicio de funciones públicas
o de forma especial para obtener el empleo público objeto de la
convocatoria u otro análogo.
e) No padecer enfermedad, impedimento físico o sensorial que
impida el desempeño de la función pública.
f) No estar incurso en causa de incapacidad específica de las
establecidas
en la normativa vigente de la Función Pública.
g) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se estableciesen
en los anexos correspondientes de esta convocatoria.
Los requisitos establecidos en este apartado deberán reunirse el
último día de plazo de presentación de instancias.
III.Solicitudes y documentación a presentar
3.1. Los/as aspirantes presentarán la solicitud en el Registro General
del Excmo. Ayuntamiento de Cártama donde será registrada, o conforme
a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación
será de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación
del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Alcalde-Presidente
de la Corporación.
3.3. Los derechos de examen quedan establecidos en 24,00 euros,
conforme al artículo 7, epígrafe 2.7, de la Ordenanza Fiscal de
Expedición
de Documentos Administrativos, cantidad que podrá ser abonada
en la Tesorería Municipal en metálico, en cualquiera de las entidades
bancarias colaboradoras del Ayuntamiento o remitida por giro postal
o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en los
giros el nombre y apellidos del/la aspirante, así como el nombre de la
plaza a la que aspira.
3.4. A la solicitud para participar en el proceso selectivo, habrá de
adjuntarse:
Fotocopia compulsada del DNI.
Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el acceso a
la plaza, o, en su caso, certificación académica de equivalencia.
Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa que
justifique los méritos a tener en cuenta de acuerdo con el baremo
contenido en los anexos a las bases de la presente convocatoria.
Para acreditar los servicios prestados en la Administración
Pública deberá aportarse certificación expedida por el
órgano competente (además del informe de vida laboral).
Para la justificación relativa a los méritos formativos, deberá
aportarse
fotocopia compulsada de los mismos, omitiendo aquellos otros
que no sean objeto de valoración.
El tribunal podrá exigir los originales de la documentación para su
cotejo y comprobación en cualquier momento.
IV. Admisión de aspirantes
4.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde,
en el plazo máximo de 20 días, dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, designando
los miembros del Tribunal e indicando el lugar, fecha y hora de
constitución
del mismo para la baremación de los méritos alegados por los
aspirantes.
Esta resolución señalará donde están expuestas al público las listas
completas de los aspirantes admitidos y excluidos con la indicación de
la causa de exclusión.
4.2. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia
y se expondrá en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Todos los anuncios posteriores sobre el proceso selectivo se realizarán
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los aspirantes excluidos u omitidos disponen del plazo de 10 días
hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución
en el Boletín Oficial de la Provincial de Málaga, para subsanar
los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. Si en dicho
plazo no se subsanan las deficiencias serán definitivamente excluidos
del proceso selectivo.
4.3. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará en el
tablón de anuncios de la Corporación, la lista definitiva en el caso de
que se hubiesen presentado subsanaciones, quedando en caso contrario
elevada a definitiva la aprobada provisionalmente y sin otra actuación
administrativa.
V. Tribunal
5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes
miembros, todos con voz y voto, guardando su paridad ente mujeres y
hombres:
Presidente: Un/a empleado/a público/a designado/a por el
Alcalde.
Tres vocales designados/as por la Alcaldía.
Secretario/a: El/la del Ayuntamiento, o persona en quien delegue.
5.2. El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes
respectivos,
que habrán de designarse simultáneamente con los titulares.
5.3. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de
abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la
asistencia de, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o
suplentes,
incluidos el Presidente y Secretario.
5.5. El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros
presentes, todas sus dudas y propuestas que surjan para la aplicación
de las normas contenidas en las Bases, y estará facultado para resolver
las cuestiones que puedan suscitarse durante el proceso selectivo, así
como adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido orden
de las mismas.
5.6. Las resoluciones de los tribunales vinculan a la administración,
sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión
conforme a lo previsto por el artículo 102 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
VI. Sistema de selección y calificación
6.1. El sistema de provisión de las plazas convocadas será por
concurso.
6.2. La selección de los/as aspirantes, se realizará mediante concurso
de méritos de acuerdo con el baremo especificado para cada
plaza en el anexo I.
En caso de empate, en la puntuación final el orden se establecerá
atendiendo a la puntuación obtenida en el concurso de meritos por el
mismo orden que aparecen regulados en esta convocatoria según el
anexo 1; de persistir la igualdad, se acudirá al tiempo de experiencia
profesional valorado en cada uno de los apartados de esta base y por el
orden en que se encuentran relacionados. De mantenerse el empate el
tribunal podrá establecer un ejercicio para deshacer el empate.
VII. Calificación de los/as aspirantes y contratación
Concluida la calificación de los/las aspirantes, el Tribunal Calificador
hará pública, la relación de aprobados/as por orden de puntuación,
no pudiendo proponer éste un número de aspirantes superior al
de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier
actuación que contravenga lo establecido. Propuesto/a el/la aspirante y
previa a su contratación deberá aportar, en su caso, en la Unidad
Administrativa de Personal el resto de los documentos acreditativos de
las condiciones de capacidad exigidos en dicha convocatoria.
VIII. Impugnación
La convocatoria, las bases y cuantos actos se deriven de estas y las
actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por las personas
interesadas
en los casos y formas establecidas por la vigente Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
IX. Normas de aplicación
En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo establecido
en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Real Decreto Legislativo 781/1986, de
8 de abril, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, Real Decreto 896/1991, de
7 de junio, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y demás normas
de pertinente aplicación.
AnexoI
Denominación: Delineante.
Número plazas: 1. Grupo: C1.
Titulación exigida: Bachiller Superior o equivalente.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO
1. SERVICIOS PRESTADOS:
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Delineante, hasta un
máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia
certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los
servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible
con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Delineante de cualquier Administración
Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a
la instancia certificación expedida por el órgano competente de la
Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los
apartados anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. FORMACIÓN
- Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Públicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
Denominación: Oficial Electricista.
Número plazas: 2. Grupo: C2.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
Primer Grado o equivalente.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO
1. SERVICIOS PRESTADOS
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Oficial Electricista,
hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la
instancia
certificación expedida por el órgano competente, en la que se
acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral.
(Incompatible con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Oficial Electricista de cualquier Administración
Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se
adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente
de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los
servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible
con los apartados anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. FORMACIÓN
Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos.
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
Denominación: Encargado de Obras.
Número plazas: 1. Grupo: C2.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
Primer Grado o equivalente.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO
1. SERVICIOS PRESTADOS
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Encargado de Obras,
hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la
instancia
certificación expedida por el órgano competente, en la que se
acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral.
(Incompatible con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Encargado de Obras de cualquier Administración
Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se
adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente
de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los
servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible
con los apartados anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. FORMACIÓN
- Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Públicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
Denominación: Oficial Mantenimiento.
Número plazas: 2. Grupo: C2.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
Primer Grado o equivalente.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO:
1. SERVICIOS PRESTADOS
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Oficial Mantenimiento,
hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a
la instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que
se acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida
laboral. (Incompatible con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Oficial Mantenimiento de cualquier Administración
Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se
adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente
de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los
servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible
con los apartados anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. FORMACIÓN
Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Públicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
Denominación: Peón.
Número plazas: 2. Grupo: E/Agrupaciones profesionales Ley
7/2007.
Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO:
1. SERVICIOS PRESTADOS
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Peón, hasta un máximo
de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible
con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Peón de cualquier Administración Pública
hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la
instancia
certificación expedida por el órgano competente de la Administración
correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados
junto con el informe de vida laboral (Incompatible con los apartados
anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. FORMACIÓN
Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
Denominación: Oficial Fontanero.
Número plazas: 1. Grupo: C2.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
Primer Grado o equivalente.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO:
1. SERVICIOS PRESTADOS
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Oficial Fontanero,
hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la
instancia
certificación expedida por el órgano competente, en la que se
acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral.
(Incompatible con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Oficial Fontanero de cualquier Administración
Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará
a la instancia certificación expedida por el órgano competente de
la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los
apartados anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. FORMACIÓN
Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
Denominación: Albañil Cementerio.
Número plazas: 1. Grupo: C2.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
Primer Grado o equivalente.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO:
1. SERVICIOS PRESTADOS
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en éste
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Albañil Cementerio,
hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la
instancia
certificación expedida por el órgano competente, en la que se
acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral.
(Incompatible con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Albañil Cementerio de cualquier Administración
Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se
adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano competente
de la Administración correspondiente, en la que se acrediten los
servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible
con los apartados anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computaran servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2.
FORMACIÓN
Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
Denominación: Auxiliar Administrativo
Número plazas: 2. Grupo: C2.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
Primer Grado o equivalente.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO:
1. SERVICIOS PRESTADOS
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vínculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en éste
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Auxiliar Administrativo,
hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la
instancia certificación expedida por el órgano competente, en la que se
acrediten los servicios prestados junto con el informe de vida laboral.
(Incompatible con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Auxiliar Administrativo de cualquier
Administración Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos
se adjuntará a la instancia certificación expedida por el órgano
competente de la Administración correspondiente, en la que se acrediten
los servicios prestados junto con el informe de vida laboral.
(Incompatible con los apartados anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. FORMACIÓN
Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
Denominación: Conductor
Número plazas: 1. Grupo: C2.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
Primer Grado o equivalente, y carnet de conducir clase “C”.
BAREMACIÓN DEL CONCURSO:
1. SERVICIOS PRESTADOS
a) 1,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un
máximo de 12 puntos, por los servicios efectivos prestados en este
Ayuntamiento, iniciados antes del 1.1.2005, con vinculo de carácter
temporal o interino, en las funciones del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. Para realizar esta
valoración será requisito estar en situación de servicio activo en este
Ayuntamiento en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, con
contrato interrumpido de trabajo vigente de carácter temporal o bien
en situación de interinidad, a la fecha de finalización del plazo de
presentación
de solicitudes.
b) 0,30 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en este Ayuntamiento en plazas de Conductor, hasta un
máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a la instancia
certificación
expedida por el órgano competente, en la que se acrediten los
servicios prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible
con el apartado anterior).
c) 0,15 puntos por año o fracción superior a seis meses de servicios
prestados en plazas de Conductor de cualquier Administración
Pública hasta un máximo de 12 puntos, a cuyos efectos se adjuntará a
la instancia certificación expedida por el órgano competente de la
Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios
prestados junto con el informe de vida laboral. (Incompatible con los
apartados anteriores).
En ningún caso podrán ser computado servicios prestados mediante
relación jurídica permanente ni relaciones prestadas en régimen de
colaboración social, contratos civiles, mercantiles o sometidos al
derecho
administrativo.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. FORMACIÓN
Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos,
encuentros, y jornadas de formación y perfeccionamiento
impartidos por Instituciones Públicas, Universidades y aquellas dentro
de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones
Publicas, cuyo contenido tenga relación con las funciones a desarrollar
en el puesto de trabajo, hasta un máximo de 16 puntos en la forma
siguiente:
Por la participación como asistente:
Hasta 20 horas o duración de 1 o 2 días: 0,30 puntos
De 21 a 40 horas o duración de 3 o 7 días: 0,40 puntos.
De 41 a 70 horas o duración de 8 o 12 días: 0,60 puntos.
De 71 a 100 horas o duración de 13 o 20 días: 0,80 puntos.
De 101 a 200 horas o duración de 21 o 40 días: 1 punto.
De más de 200 horas o más de 40 días: 2 puntos.
ANEXO II
(MODELO DE INSTANCIA)
SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE CARTAMA
DATOS PERSONALES
Nombre:
Apellidos:
D.N.I:
Fecha de nacimiento:
Domicilio:
C.P. TLF:/móvil:
CONVOCATORIA (señalar la opción en la que se encuentra incluida la plaza
a la que se opta)
Consolidación de empleo de personal laboral
Consolidación de empleo de personal funcionario
Concurso-oposición libre
PLAZA A LA QUE SE OPTA:
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO EN EL QUE SE PUBLICA LA CONVOCATORIA: BOE n.º
de fecha
El abajo firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que
se refiere la presente instancia.
DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, reuniendo las
condiciones exigidas para el
ingreso y las especialmente señaladas en la convocatoria,
comprometiéndose a probar los datos que
figuran en esta solicitud que le fueran requeridos y manifestando
igualmente no haber sido separado
mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni
hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al empleo
público, comprometiéndose a comunicar a la autoridad convocante
cualquier cambio que se produzca
en este sentido en su situación personal.
Lugar y fecha:
Fdo.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento de Cártama le informa que
sus datos personales obtenidos
mediante la cumplimentación de este documento/impreso/formulario van a
ser incorporados, para
su tratamiento, en un fichero automatizado.
Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos
tiene como finalidad la inclusión
como opositor en la convocatoria para la provisión de plazas.
De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar
los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de
Cártama. C/ Rey Juan Carlos
I, número 62 29570 Cártama.
SR. ALCALDE-PRESIDEN DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAMA
REVERSO DE LA SOLICITUD
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
(Marcar los documentos que se adjuntan)
Fotocopia compulsada del DNI.
Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el acceso a la plaza,
o, en su caso, certificación académica de equivalencia.
Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa que justifique los
méritos a tener en
cuenta de acuerdo con el baremo contenido en los anexos a las bases de
la presente convocatoria.
Para acreditar los servicios prestados en la Administración Pública
deberá aportarse
certificación expedida por el órgano competente (además del informe de
vida laboral).
Para la justificación relativa a los méritos formativos, deberá
aportarse fotocopia compulsada de los
mismos, omitiendo aquellos otros que no sean objeto de valoración”.
Cártama, 23 de marzo de 2012.
El Teniente de Alcalde Delegado de Régimen Interior, (Decreto
005/2012-S, de 09/01/2012), firmado: José Escalona Idáñez.
4804/12