martes, 3 de septiembre de 2013

MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL CHARE DEL GUADALHORCE "DOCUMENTACIÓN RECOPILADA POR EL FORO VECINAL DE CÁRTAMA"

  ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN RECOPILADA POR EL FORO VECINAL DE CÁRTAMA EN RELACIÓN AL 
CHARE DEL GUADALHORCE.


Los documentos  aquí analizados abarcan desde el 28 de abril de 2.005 hasta la comisión informativa ordinaria de Diputación del 02 de julio de 2.013. Recogen actas de plenos en el Ayuntamiento de Cártama, Diputación, contrato de obras, adenda y  notas de prensa.

El análisis se va a realizar por orden cronológico, del más antiguo al más reciente.

Estos documentos son públicos, y pueden ser solicitados en las distintas administraciones o instituciones.

En caso de detectar algún error en el análisis, rogamos nos lo hagan saber para su comprobación y posterior corrección.

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28 de abril de 2.005 (Pleno ordinario municipal Ayunt. de Cártama)

En el punto 8º se debate el convenio urbanístico C.A.R.E.-CIUDAD SANITARIA, la información pública se anunció en el BOP nº 59 de fecha 30 de marzo de 2.005, sin que hubiera alegaciones. Se aprueba por unanimidad.

Cláusula primera del convenio.

El señor Francisco Flores Ramos, es el titular de la finca registral 1.734 situada en el término municipal de Cártama, clasificada en las Normas subsidiarias como suelo no urbanizable, con una superficie de 50 hectáreas, 26 áreas, 6 centiáreas, según nota simple….


Cláusula segunda del convenio.

El Ayunt. de Cártama se compromete a incluir 300.000 metros cuadrados, de la finca de titularidad de D. Francisco Flores Ramos en el futuro Plan General, con la clasificación de suelo urbanizable, y con diversas calificaciones, tales como sanitarias, residenciales, etc. Se prevé una edificalidad de 54.000 metros cuadrados de techo con uso sanitario o compatible y 15.000 metros cuadrados de techo residencial, integrado en el uso de la actividad sanitaria como uso complementario y compatible de éste…

Cláusula tercera.

El propietario se obliga con la firma del presente documento a donar en el plazo de una semana al Ayuntamiento de Cártama 44.129 metros cuadrados de suelo no urbanizable…

Cláusula cuarta.

El propietario se compromete a realizar todas y cada una de las cesiones previstas en la legislación urbanística aplicable y en el Plan General de cártama. Al margen de ello cederá gratuitamente los terrenos donde se ubican los restos arqueológicos existentes.

Cláusula quinta.

El propietario ha de entregar al ayuntamiento la cantidad de 2.404.048,00 euros en concepto de obtención y ejecución de sistemas generales, cantidad que se hará efectiva de la siguiente forma, 5% tras la firma del presente convenio, pudiendo ser avalado, el 45 % en metálico antes de la aprobación definitiva del Plan General y el resto hasta el 100%, incluido el 5% avalado, en metálico antes de la aprobación definitiva del Plan Parcial.


En el punto 9º del pleno se aprueba por unanimidad la donación de 44.129 m2 de la finca registras 1.734 titularidad de Francisco Flores Ramos y doña Antonia Vega López a favor del Ayuntamiento de Cártama.


30 de junio de 2.005 (Sesión extraordinaria a solicitud de la oposición del Ayuntamiento de Cártama).

Único punto del día “Hospital Comarcal”.

Se debate las siguientes cuestiones:

Toda la oposición pide que sea un hospital más grande, primero previsto en Casapalma y ahora en Manguarra. Todos en contra de tener que pagar el Ayuntamiento 6 millones, y si esta es la moneda de cambio para que el hospital venga a Cártama, esos 6 millones podrían destinarse a fines más perentorios para Cártama,  ponen como ejemplo hospitales de Antequera, Axarquía o Ronda que sólo pusieron el terreno y son hospitales no CHARE.

Se reseña que lo costoso no es la construcción sino el mantenimiento y que va a quedar pequeño en poco tiempo.

Se pide que lo financien todos los pueblos afectados.

Jorge Gallardo afirma que se financiará con el convenio urbanístico aún no firmado. Se señala que el partido socialista votó en el Parlamento Andaluz en contra del hospital del Valle del Guadalhorce.

Se insiste en que los demás Ayuntamientos que querían el hospital en su municipio también han ofrecido dinero a la Junta.

30 de junio de 2.005 (Pleno ordinario Ayunt. de Cártama)

Ofrecimiento a la Junta de la cesión de titularidad de 44.129m2 para la construcción de hospital comarcal del Guadalhorce. Se aprueba por unanimidad.
25 de octubre de 2.006 (Pleno ordinario Ayunt. De Cártama)

Punto 2º del orden del día - Aprobación provisional de las NNSS de planeamiento de Cártama para cambio de categoría de suelo en la parcela del hospital. Se aprueba con los 10 votos de PSOE y 6 abstenciones (cinco de PP y una de SIC).

En el debate previo, se discrepa de su ubicación ya que se condiciona el cambio de clasificación de suelo no urbanizable protegido con protección especial a suelo no urbanizable común, siempre y cuando no se produzcan nuevos asentamiento de población.

Se duda del informe en temas como evacuación de aguas residuales, abastecimiento de agua, inundabilidad, y la necesidad de un estudio hidrológico. También que el POAMA no contempla su construcción. Incongruencia entre el estudio de impacto ambiental donde dice que no consta informe municipal sobre abastecimiento de agua potable y redes de saneamiento y el Plan Especial que dice que las aguas residuales evacuarán a la red de saneamiento. Se vuelve a pedir de dónde salen los 6 millones. Hay puntos del informe de obras públicas  donde dice que la ubicación no es la más idónea.

Informe de incidencia territorial de fecha 24 de julio de 2.006 emitido por técnico de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes con el visto bueno del Jefe del Servicio de ordenación del Territorio y Urbanismo de dicha Delegación, cuyo último apartado relativo a las consideraciones finales tiene la siguiente tenor literal:

“Se considera que la localización prevista para el hospital no es la más adecuada para la construcción por la clasificación y calificación del suelo y en particular por disponer el municipio de otros suelos más adecuados para su implantación. Su ubicación va a ocupar y sella un suelo agrícola productivo, además de introducir en el paisaje nuevos elementos constructivos que difieren de la estética agrícola y rural del entorno….

A modo de conclusión, el carácter supralocal del equipamiento justifica el emplazamiento previsto, pero en relación a la incidencia territorial en el sistema de ciudades, la ubicación del hospital en SNU, no deberá dar lugar a la inducción de la formación de nuevos asentamiento.”

El alcalde manifiesta que las conclusiones finales de los informes sectoriales de los técnicos ninguna es desfavorable.

En el punto 3º del pleno se aprueba provisionalmente el plan especial centro hospitalario de alta resolución. (10 votos a favor de PSOE y seis abstenciones, cinco de PP y una de SIC).


13 de agosto de 2.007 (Pleno municipal Ayunt. de Cártama)

Punto 3º del orden del día “ Sometimiento a información pública del anteproyecto, estudio de viabilidad, pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del expediente de contratación conjunta de redacción de proyecto, dirección de obra y concesión de obra pública para la construcción del Hospital de Alta Resolución “Valle del Guadalhorce”. (Se aprueba por unanimidad).

 El ayuntamiento no da seis millones sino 10.145.247,49€. Por la construcción de 600 aparcamientos, el anteproyecto recogía 462 y su explotación a cuarenta años. Los usuarios del hospital pagarán un impuesto en cubierto y una privatización en relación a los aparcamientos. Los demás municipios no dan nada. Todavía no se sabe como se pagará los terrenos. No existe el Plan Especial donde se definen las actuaciones necesarias para el suministro de electricidad, agua y evacuación de residuales.

El concejal Jorge Gallardo contesta que en el pliego se dice que el coste de la acometida corresponde al contratista. Que la propia infraestructura se pagará sola y que no va a constar un duro a los cartameños.


22 de octubre de 2.007 (DIPUTACIÓN)

PROPUESTA A LA COMISIÓN INFORMATIVA, PUNTO 2º
ANUALIDADES DEL CONVENIO POR EL CHARE

2005 -  2.000.000 €
2009 -  2.380.448 €
2010 -  2.831.696 €


Enero 2.008 (Pleno municipal Ayunt. de Cártama)

El concurso queda desierto por primera ver ante la falta de licitadores.

En las intervenciones se debate lo siguiente:

Manuel Vargas vuelve a insistir en los accesos y Jorge Gallardo le dice que es muy pesado que el plan especial no contemplaba el acceso desde el vial pero que se subsanaría en el momento de la urbanización del sector y se hará desde el vial de servicio.

Se habla de un euro de media para poder aparcar en el aparcamiento del hospital.

Las empresas del sector dicen que el pliego de condiciones no es rentable, de ahí que no vayan empresas a licitar.

El Concejal José Escalona pregunta porque la Junta no ha contemplado su presupuesto de 2.008 la consignación de la obra.


06 de mayo de 2.008 (DIPUTACIÓN)

Punto nº3/7.- Sesión ordinaria del pleno de 06-05-2.008.- Mociones del Grupo Popular, sobre el Centro Hospitalario de Alta Resolución del Guadalhorce.

Intervenciones:

Leonor García-Agua (Diputada PP)

Se queja del retraso del inicio de las obras y solicita la participación del Grupo Popular en la Comisión de Seguimiento.

Encarnación Páez Alba (Diputada – portavoz IULV-CA)

Pide que se agilicen los trámites administrativos ya que la situación sanitaria del Valle es escandalosa. Según sus datos, hay una media de 1600 cartillas por médico, 50 consultas diarias por facultativo, con una media de 4 minutos de atención al paciente y un ratio de medio médico por cada 1000 habitantes, es decir, un médico por cada 2.000 habitantes, cuando la media andaluza en superior. Se une la falta de entendimiento en la cuestión sanitaria, ha habido cinco dimisiones de directores de centros de salud del Valle del Guadalhorce.

José Garrido Mancera, (Diputado PSOE y alcalde de Cártama)

El presupuesto ha pasado de 19,2 millones iniciales a 23,3 millones. Se sigue trabajando en ello.

Salvador Pendón (presidente Diputación)

Pide se agilicen los trámites para comenzar las obras.


28 de mayo de 2.008 (Pleno municipal Ayunt. Cártama)

En el debate

El Concejal Jorge Gallardo manifiesta que ya el pliego recoge el asunto del agua y electricidad y que un técnico dijo que la red eléctrica esta a pie de parcela y que por allí pasa el abastecimiento de agua. El alcalde señala que tanto el agua como la electricidad están a pie de parcela.


DOCUMENTO DE LAS CONDICIONES DE LA OBRA.

Punto 55 finalización de las obras, instalaciones e infraestructuras.

NO SE RECEPCIONARÁN HASTA QUE SE RECIBA LA CONFORMIDAD EXPRESA DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS DE LA CONSEJERÍA DE SALUD DE LA JUNTA.


14 agosto de 2.008 (nota prensa La Opinión de Málaga)


 La consejera dice que su puesta en funcionamiento cuesta 20 millones. Explicación del motivo de quedar desierto el segundo concurso público, debido a las particulares condiciones. La administración pide como requisitos que la empresa cuente con un servicio especializado en las gestiones de la infraestructura sanitaria, la dificultad de encontrar una compañía que se encargue por un lado del proyecto de ejecución y por el otro del mantenimiento del equipamiento. Hubiera sido más fácil convocar dos concursos.

A partir de ahora la Junta será el órgano contratante y no el ayuntamiento y se hará cargo de los posibles incrementos del costo del hospital.


24 de septiembre de 2.008 (Pleno municipal Ayunt. de Cártama)

Rechazo de la oferta de la empresa FOMENTO Y DESARROLLO DE CONCESIONES Y SERVICIOS S.L Y ALDESA CONTRUCCIONES S.A.

“se plantea una fuente de financiación alternativa a percibir por el adjudicatario de la concesión de la obra pública y no recogida en pliegos por importe de 2.833.153,12€ precio determinado para hacer frente a futuros contratos de suministro que concierte la sociedad gestora del centro de alta resolución con otras empresas “

La empresa licitadora propone en la gestión energética que la entidad gestora del centro garantice el pago al adjudicatario de  2.833.153,12€ debiendo ser incluido dicho pago en el pliego de cláusulas administrativas que en su día se adjudique para la gestión energética.


26 de noviembre de 2.008 (Pleno municipal Ayunt. de Cártama).

CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTION ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y LA EMPRESA PÚBLICA COSTA DEL SOL PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL.

La consejería de salud asumirá las funciones de supervisión y vigilancia del cumplimiento de los acuerdos adoptados en el presente convenio por la empresa pública.

COMPROMISO DEL AYUNTAMIENTO DE CÁRTAMA

Poner a disposición de le EMPRESA PÚBLICA COSTA DEL SOL  13.177.345,51€ incluido IVA cantidad en que fue valorado el hospital, según convenio de colaboración de 29/12/2005.

Las cantidades serán transferidas antes de la finalización de las obras según cláusula 11 del convenio.

MUY IMPORTANTE EL INFORME CONJUNTO DE SECRETARIA E INTERVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO, EN CONTRA DE LA ENCOMIENDA YA QUE NO SE AJUSTA A DERECHO.

Art. 38.2 b) de la ley de salud de Andalucía declara en los municipio PODRÁN COLABORAR no obliga, en la construcción, remodelación o equipamientos de centros y servicios sanitarios así como en su conservación y mantenimiento.

En relación a la cláusula 11 se alerta del grave problema económico para el Ayuntamiento en la medida de que la tesorería no puede hacer frente a dichos importes.

En la conclusión final, el secretario e interventor municipal manifiestan que el convenio no se ajusta a derecho.

26 diciembre de 2.008 (DIPUTACIÓN BOP Nº 248)

Se lleva el convenio de Encomienda. El hospital Costa del Sol tiene que entregar al ayuntamiento 111.000 € en concepto del anteproyecto. Los 13.177.345,51€  IVA incluido, y por el que fue valorado el Hospital de Alta Resolución Valle del Guadalhorce según el convenio de colaboración suscrito con fecha 29 de diciembre de 2.005,  tienen que ser abonados por el ayuntamiento de Cártama como máximo un mes después de ser entregada la obra. Aportar un solar con suministro de agua potable y energía eléctrica con caudal y potencia suficiente así como evacuación de aguas residuales y acceso rodado todos estos servicios deberán estar a pie de parcela.

Punto 12 serán causas de resolución de este convenio de encomienda de Gestión las siguientes.

Acuerdo mutuo de las partes.
Cumplimiento del objetivo.
Denuncia de alguna de las partes.
Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.
Retraso en el abono de las transferencias acordadas.
Incumplimiento grave de las obligaciones establecidas.


22 de enero de 2.009 (Moción Ayunt. de Cártama)

Donde se rechaza los plazos de la Junta de Andalucía para que las obras comiencen a finales de 2.009. Instar a la Junta para que de forma inminente comiencen las obras del Hospital Cormarcal.


28 de enero de 2.009 (Pleno Ayunt. Cártama. - Adenda al convenio de colaboración de fecha 29/12/05 y el convenio)

Queda sin efecto la encomienda entre ayuntamiento y empresa costa del sol y todo se rige por el convenio y adenda.


Las nuevas necesidades de financiación serán asumidas como inversión por parte de la empresa Costa del Sol con el fin de garantizar la viabilidad del proyecto.

Se cambia la cláusula segunda del Convenio aquí es donde el ayuntamiento se compromete a facilitar un solar adecuado y urbanizado con suministro de agua potable y energía eléctrica, con caudal y potencia suficiente así como evacuación de aguas residuales a la red pública adecuadas al tipo de actividad desarrollada y acceso rodado, todo a pie de parcela y aprobado por el Servicio Andaluz de Salud

Se corrige la cláusula tercera, siendo la redacción del proyecto, la dirección de la obra y la ejecución contratados por la empresa pública Hospital Costa del Sol y supervisado por UST del Servicio Andaluz de Salud.

Se suprime la cláusula cuarta.

Se corrige la cláusula sexta.

La cláusula séptima queda en que el Servicio de Salud de la Junta transferirá a la empresa Costa del Sol 5.965.200,51€.

Se añade una nueva cláusula, por la que la empresa Costa del Sol aporta 9.807.330,44€

Punto 10 del convenio dice que el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de cada administración que diera lugar a la imposibilidad de ejecutar el contenido de este convenio, obligará a la administración responsable a asumir los reajustes de anualidades y fases de pago que, de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias se deriven.


25 de noviembre de 2.009 (Propuesta de acuerdo del Ayuntamiento de Cártama)

Declarar de interés municipal las obras del CHARE y bonificación del 50% de ICIO y del 100% de las tasas de licencia urbanísticas.

15 de diciembre de 2.009 (Informes desfavorables a la licencia de construcción)

Con fecha 22 de octubre de 2.009, el Arquitecto municipal, la Asesora Jurídica y el Ingeniero Técnico Municipal emiten informe cuya conclusión es la siguiente: “Por todo lo expuesto, no se podrá continuar la tramitación del expediente hasta que se aporte toda la documentación necesaria y se cumpla la tramitación previa preceptiva para la concesión de la licencia, tal como se indica en el cuerpo del informe”.

Con fecha 26 de octubre de 2.009, el alcalde comunica el resultado de este informe a la Empresa Pública Costa del Sol.

Con fecha 11 de diciembre de 2.009, el arquitecto Municipal dictamina que no procede a conceder la licencia de obras del hospital ya que faltan informes favorables.

Con fecha 14 de diciembre de 2.009, el Ingeniero Técnico Municipal emite desfavorablemente a la licencia de instalación y obras hasta que no se subsanen las deficiencias indicadas en el cuerpo del informe.

Con fecha 15 de diciembre de 2.009, la asesora jurídica emite informe desfavorable a la posible concesión de la licencia solicitada y como se indicó en el primer informe, no se podrá continuar la tramitación del expediente hasta que no se aporte la documentación necesaria y se cumpla la tramitación previa preceptiva para la concesión de la licencia.

En el punto séptimo del informe se puede leer:

“Para otorgarse la licencia, el terreno ha de tener la condición de legal de solar o darse los requisitos necesarios especificados por la LOUA para poder simultanear las obras de edificación con las de urbanización. De conformidad con las Normas Subsidiarias de Cártama, el suelo objeto de actuación está clasificado como suelo no urbanizable común grado 1, con Plan Especial aprobado para autorizar el uso hospitalario.

Si bien, como ya se indicó en su momento, el terreno ha de contar con los servicios necesarios y adecuados para la edificación e instalación prevista (acceso rodado por vía urbana pavimentada, suministro de agua potable y energía eléctrica con caudal y potencia suficiente para la edificación e instalación prevista, y evacuación de aguas residuales a la red pública).

Actualmente no cuenta con dichos servicios, por ello, es necesario que se den los requisitos exigidos para poder simultanear las obras de edificación con las de urbanización, que, en interpretación del espíritu de la LOUA, se considera por las que suscribe los siguiente:

A) Que se haya aprobado por parte del Ayuntamiento el correspondiente proyecto de urbanización o de dotación de infraestructuras que desarrolle el plan especial y que garantice la correcta funcionalidad de la instalación prevista, así como, en su caso (si las obras no se realizan por los servicios municipales), se haya aprobado el correspondiente expediente de contratación y adjudicado las obras confirme a las determinaciones de la Secretaria de la Corporación.
B) La previsibilidad apreciada por los técnicos municipales de que al tiempo de la terminación de la edificación la parcela estará dotada con los servicios precisos.
C) Que exista partida presupuestaria que garantice la implantación de dicho servicios, conforme a las determinaciones de la Intervención del Ayuntamiento.
D) Asunción expresa y formal por parte del solicitante del compromiso de no ocupación ni utilización de la edificación e instalación prevista hasta la completa terminación de las obras de urbanización y el funcionamiento efectivo de los correspondientes servicios, advirtiéndose que no se podrá autorizar la ocupación ni apertura de la instalación hasta que no se den dichas premisas.

De Dichos requisitos, se asume expresamente el compromiso del apartado D) en escrito con registro de entrada nº 12542 de fecha 16/11/2009, si bien se hace referencia a la formalización de un acta de ocupación que no se entiende por la que suscribe.

En cuanto al resto de requisitos, no consta se haya procedido a la aprobación del correspondiente proyecto de urbanización ni existe partida presupuestaria que garantice la implantación de dichos servicios como indica el Señor Interventor en su informe de fecha 15/12/2009, tampoco se puede prever a la fecha que la parcela estará dotada con los servicios previstos al tiempo de terminación de las obras de edificación.”


Con fecha 15/12/2009, el alcalde de Cártama José Garrido Mancera CONCEDE LA LICENCIA DE OBRAS EN CONTRA DE LOS INFORMES DESVAFORABLES  aludiendo razones de interés público y utilidad social y teniendo en cuenta el retraso en el inicio de la construcción desde el 2.007 basándose el artículo 21 de la ley De Bases de Régimen Local, la Ordenanza fiscal de Licencia de Obras, Ley del Suelo y demás disposiciones concordantes, permite la simultaneidad de las obras de edificación de la construcción y obtención de los servicios necesarios para su puesta en funcionamiento ya que lo que falta se irá subsanando en breve espacio de tiempo.


22 de diciembre de 2.009 

Invitación al acto de primera piedra para el 30 de diciembre


02 de junio de 2.010 (Ayuntamiento Cártama)

Innovación de los terrenos del sector Fahala. Visto bueno al desarrollo de los terrenos de Francisco Flores Ramos. 227.557,58 metros cuadrados industriales, junto al Hospital.

22 de agosto de 2011. (Ayuntamiento Cártama)

Tesorería del Ayuntamiento pide al hospital Costa del Sol los 110.000€ por el anteproyecto acordado en el acuerdo.

18 de septiembre de 2.012 (Diputación)

El PP solicita se active la comisión de seguimiento del hospital y a la Consejería de Salud los medios físicos y humanos

05 de marzo de 2.013  (Parlamento Andaluz)

El Grupo Popular presenta una proposición no de ley para la apertura y puesta en funcionamiento del CHARE. Manifiesta que la Consejería se comprometió a asumir los posibles incrementos del coste de la obra por los años pasados.

26 de junio de 2.013 (Diputación)

Moción de IU para abrir el CHARE. La Diputación muestra el apoyo a la Plataforma pro Hospital y a todas las asociaciones y grupos vecinales implicados, asumiendo el compromiso institucional de apoyar las acciones que se lleven a cabo para reclamar la apertura.


A día de hoy el acuerdo que esta en vigor es el convenio y su adenda posterior. En la adenda, la cláusula segunda, que es donde se basa la Consejería de Salud para acusar al Ayuntamiento de incumplimiento del convenio, queda redactada de la siguiente manera:

 “El Ayuntamiento de Cártama se compromete a aportar un solar debidamente adecuado y urbanizado con suministro de agua potable y energía eléctrica, con caudal y potencia suficiente así como evacuación de aguas residuales a red pública adecuadas al tipo de actividad desarrollada y acceso rodado. Todo estos servicios deberán estar a pie de parcela y tanto el tamaño del solar como su ubicación deberán ser previamente aprobados por el Servicio Andaluz de Salud”

En agosto de 2.008, la consejera manifestó que a partir de ahora, la Junta será el órgano contratante y no el Ayuntamiento y se hará cargo de los posibles incrementos del costo del hospital.

Las nuevas necesidades de financiación serán asumidas como inversión por parte de la empresa Costa del Sol con el fin de garantizar la viabilidad del proyecto.

El artículo 55 de la Ley Orgánica 2/2007 de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de autonomía para Andalucía declara que corresponde a la Comunidad Autónoma la COMPETENCIA EXCLUSIVA sobre la organización, funcionamiento interno, evaluación, inspección y control de centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como en el marco del artículo 149.1.16 de la Constitución la ordenación farmacéutica. Titularidad de la competencia que reiteran los artículos 35 y 36 de la Ley 2/1998 de 15 de junio de Salud de Andalucía.

En relación a los municipios, según el artículo 38.2b) de la Ley de Salud de Andalucía, éstos PODRÁN colaborar, según los términos, en la construcción, remodelación o equipamiento de centros y servicios sanitarios, así como en su conservación y mantenimiento.

En Cártama, a 12 de agosto de 2.013

EL FORO VECINAL DE CÁRTAMA